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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la ampliación del objeto social de la Entidad Estatal de Suelo (Sepes) a la actividad de rehabilitación de inmuebles de titularidad pública por haber omitido el trámite de consulta pública en el procedimiento de elaboración de una disposición general. El Supremo ha rechazado la alegación de la Abogacía del Estado, que defendía que se trataba de una norma autoorganizativa de la Administración General del Estado, con eficacia ‘ad intra’, y, por tanto, se podía prescindir del trámite de consulta pública, según la Ley del Gob…