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La Abogada General Laila Medina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado este jueves que la pandemia de coronavirus no es una razón a la que los operadores turísticos puedan recurrir como norma para eximirse de su obligación de reducir o reembolsar el importe de un viaje combinado cuyas cláusulas no se hayan cumplido, salvo que puedan demostrar “dificultades excepcionales”. Las conclusiones de la abogada europea detallan que el derecho a una reducción del precio está sujeto a la “única condición” de que falta de conformidad de lo contratado y que la “única excepción” es que …